ANTICIPOS REINTEGRABLES.

(05 Feb 2010)

PLAZO DE SOLICITUD: 5 AL 20 DE FEBRERO.

Se podrá solicitar para cada ejercicio económico en concepto de anticipo, hasta la cantidad equivalente a la remuneración líquida de dos mensualidades.


Plazo de amortización:

Anticipos de una mensualidad líquida: 12 meses.  
Anticipos de dos mensualidades líquidas: 24 meses.

Los anticipos reintegrables que se concedan no devengarán interés alguno.

 

Las solicitudes, que se formularán conforme al modelo normalizado que figura como Anexo de esta Orden, podrán presentarse por cualquiera de los siguientes medios:

1.- En el Registro Telemático de la Junta de Andalucía.

2.- En las oficinas del Registro dependientes de la Junta de Andalucía.

 

 

SOLICITUD.PDF

Enlaces de interés

 
   
   
   
 
   
 
   
 
   
 

 
   
   
   
 

 


 
   
   
   
   
   
 
   


 
   


 
   

 
 
 

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