La normativa del acceso a la carrera profesional:
El personal que tome posesión de plaza en la OPE actual pasa a tener la condición de NIVEL I sin necesidad de hacer solicitud alguna.
Sin necesidad de permanecer 5 años en el Nivel I, este personal podrá solicitar acceder al NIVEL II (primer nivel retribuido), siempre y cuando tengan todos los requisitos de acreditación por la Agencia de Calidad del nivel requerido para optar a dicho Nivel II y tener acreditados al menos 5 años de servicios efectivos en la categorÃa/especialidad a la que se opta (establecido en el punto 4.3.1 del Acuerdo de 2006)
Por primera vez en 2010, las distintas Comisiones de Valoración de Carrera Profesional de los Centros se han reunido para valorar las solicitudes presentadas hasta el 30 de abril por sus profesionales, Licenciados y Diplomados sanitarios, para el acceso, promoción o mantenimiento en los distintos niveles de Carrera Profesional. Tras verificar el cumplimiento de requisitos, valorar los méritos establecidos en el baremo y constatar el nivel de acreditación de las competencias profesionales, han propuesto a la Comisión Central de Valoración, los profesionales de sus centros a certificar o excluir en los distintos niveles de Carrera Profesional.
Una vez que la Comisión Central de Valoración valora las propuestas recibidas, eleva al Director General de Personal y Desarrollo Profesional, propuesta de los profesionales a certificar o excluir, provisionalmente, en los distintos niveles de carrera Profesional.
Con fecha 15 de junio, el Director General de Personal y Desarrollo Profesional ha dictado resolución por la que se aprueban, a propuesta de la Comisión Central de Valoración, los listados provisionales de profesionales certificados y excluidos en el primer proceso de certificación 2010 en los distintos niveles de Carrera Profesional para Licenciados y Diplomados Sanitarios.
Dichos listados provisionales se han publicado el dÃa 15 de junio de 2010, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la ConsejerÃa de Salud, y en la página web del Servicio Andaluz de Salud.
Contra dicha Resolución, las personas interesadas podrán formular alegaciones, en el plazo de quince dÃas naturales contados a partir del dÃa siguiente al de la publicación de la misma, finalizando por tanto el plazo de alegaciones el próximo dÃa 30 de junio. Dichas alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, serán admitidas o denegadas por medio de la Resolución que la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional dicte para aprobar los listados definitivos de profesionales a certificar y excluir en los distintos niveles de carrera profesional en este primer proceso de certificación 2010 para Licenciados y Diplomados Sanitarios, cuya publicación en el BoletÃn Oficial de la Junta de AndalucÃa servirá de notificación a las personas interesadas.
Resolución de 15 de enero de 2010, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba, a propuesta de las correspondientes Comisiones Centrales de Valoración, la resolución definitiva del segundo proceso de certificación en los distintos niveles de Carrera Profesional para Licenciados y Diplomados Sanitarios del año 2009.
VER:
LISTADOS:
LAS COMISIONES DE VALORACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL DE LOS CENTROS, INICIARAN LA VALORACIÓN EL PROXIMO 1 DE NOVIEMBRE, EL PROCESO DE EVALUCIÓN DE LAS SOLICITUDES REGISTRADAS DESDE EL 1 DE MAYO AL 31 DE OCTUBRE DE 2009, PARA EL ACCESO, PROMOCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS DISTINTOS NIVELES DE CARRERA PROSESIONAL.
LOS PROFESIONALES INTERESADOS PODRAN REGISTRAR SUS SOLICITUDES HASTA EL 31 DE OCTUBRE PARA PODER ENTRAR EN ESTE PERIODO DE EVALUACIÓN.
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